Tribunal Constitucional reitera proporción de género en las boletas es por demarcación territorial

El Tribunal Constitucional mediante la sentencia, TC- 0620-23, reiteró su precedente de que la participación de las mujeres en las boletas de los partidos, será por cada demarcación territorial y no de la propuesta nacional como había establecido la ley 20-23 Orgánica del Régimen Electoral en su artículo 142.

Declarando no conforme con la Constitución la parte final del referido artículo. A partir de esta decisión el artículo será modificado para que en vez de leerse propuesta nacional, se lea por demarcación territorial.

 “Las nominaciones y propuestas de candidaturas a diputados, regidores y vocales se regirán por el principio de equidad de género…..”. “

Deberán estar integradas por no menos de 40% ni más de 60% de hombres y mujeres por demarcación territorial”.

Redacción

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